EL RITO DE LA PAZ
En Junio de 2014 fue publicada una carta circular de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos por la que se expone el significado del Rito de la Paz en la Eucaristía y dispone algunas rectificaciones en nuestras celebraciones eucarísticas que habrá que llevar a cabo dado el caso.
En la Exhortación Apostólica ritatis Sacramentum Cadel papa Benedicto XVI se resalta “la conveniencia de moderar este gesto, que puede adquirir expresiones exageradas, provocando cierta confusión en la asamblea precisamente antes de la Comunión” ( n. 49).
La Carta Circular, apoyándose en lo prescrito en la Ordenación General del Misal Romano y en otros documentos oficiales, invita a que se eviten los siguientes “abusos” :
La introducción de un “canto para la paz”, inexistente en el Rito romano. El canto que no debe ser nunca omitido es el del Cordero de Dios.
Los desplazamientos de los fieles para intercambiarse la paz. Sólo debe darse a los más cercanos. Que el sacerdote abandone el altar para dar la paz a algunos fieles. Que el rito de la paz se convierta, en diversas circunstancias y celebraciones, en ocasión para felicitar o bien expresar condolencias entre los presentes.
La carta recuerda así mismo que el Misal Romano prescribe que el rito de la paz se realizará siempre que el sacerdote lo estime oportuno (Ordo Missae, 128). Por tanto, “es totalmente legítimo afirmar que no es necesario invitar mecánicamente a darse la paz. Si se prevé que tal intercambio no se llevará a cabo adecuadamente por circunstancias concretas, o se retiene pedagógicamente conveniente no realizarlo en determinadas ocasiones, se puede omitir, e incluso debe ser omitido”.
Hagamos todos un esfuerzo por vivir este rito de la Paz según nos lo pide la Iglesia.
En la Exhortación Apostólica ritatis Sacramentum Cadel papa Benedicto XVI se resalta “la conveniencia de moderar este gesto, que puede adquirir expresiones exageradas, provocando cierta confusión en la asamblea precisamente antes de la Comunión” ( n. 49).
La Carta Circular, apoyándose en lo prescrito en la Ordenación General del Misal Romano y en otros documentos oficiales, invita a que se eviten los siguientes “abusos” :
La introducción de un “canto para la paz”, inexistente en el Rito romano. El canto que no debe ser nunca omitido es el del Cordero de Dios.
Los desplazamientos de los fieles para intercambiarse la paz. Sólo debe darse a los más cercanos. Que el sacerdote abandone el altar para dar la paz a algunos fieles. Que el rito de la paz se convierta, en diversas circunstancias y celebraciones, en ocasión para felicitar o bien expresar condolencias entre los presentes.
La carta recuerda así mismo que el Misal Romano prescribe que el rito de la paz se realizará siempre que el sacerdote lo estime oportuno (Ordo Missae, 128). Por tanto, “es totalmente legítimo afirmar que no es necesario invitar mecánicamente a darse la paz. Si se prevé que tal intercambio no se llevará a cabo adecuadamente por circunstancias concretas, o se retiene pedagógicamente conveniente no realizarlo en determinadas ocasiones, se puede omitir, e incluso debe ser omitido”.
Hagamos todos un esfuerzo por vivir este rito de la Paz según nos lo pide la Iglesia.
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